México tiene un sistema fiscal relativamente simple en cuanto a fechas: todas las declaraciones mensuales vencen el día 17 del mes siguiente. No hay variación por RFC como en otros países.

Este calendario se basa en el Código Fiscal de la Federación, Artículo 31. Si el día 17 cae en día inhábil, el vencimiento se recorre al siguiente día hábil.

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Fuente oficial: Código Fiscal de la Federación, Art. 31
SAT — Calendario de obligaciones →

Obligaciones mensuales

ISR provisional + IVA + Retenciones + DIOT

Fecha única para todos los contribuyentes: día 17 del mes siguiente. Si cae en día inhábil, se recorre al siguiente día hábil.

Día 17 de cada mes

Las personas físicas con ingresos menores a cierto umbral pueden usar el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), que también vence el día 17 pero con tasas reducidas.

Obligaciones anuales y puntuales (2026)

ObligaciónFecha / Plazo
Renta Personas Morales (ejercicio 2025)31 de marzo de 2026
Renta Personas Físicas (ejercicio 2025)1 al 30 de abril de 2026
Dictamen de estados financieros15 de mayo de 2026
DIOT (Declaración informativa de operaciones)Mensual — día 17
⚠️ Importante: Verifica siempre las fechas exactas en el sitio oficial de SAT. Si un vencimiento cae en día no hábil, generalmente se traslada al siguiente día hábil.
💡 Los CFDIs (facturas electrónicas) ya se generan en tiempo real en el SAT. Lo que más cuesta reunir son los complementos de pago y los gastos en efectivo que no generan CFDI.
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